El Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional dictó este miércoles auto de apertura a juicio contra el exfiscal Aurelio Valdez Alcántara, acusado por el Ministerio Público de solicitar un soborno a una persona investigada, de quien recibió 10,000 dólares en una entrega controlada.
Decisión judicial
El tribunal, presidido por el juez Raymundo Mejía, admitió la acusación presentada por el órgano persecutor, así como los elementos de prueba y la calificación jurídica planteada. La decisión fue confirmada por el procurador de corte Eduardo Velázquez, quien integró el equipo litigante junto al procurador adjunto Wilson Camacho.
Velázquez destacó que el juez acogió los planteamientos del Ministerio Público y dispuso que el proceso pase a la etapa de juicio:
“El juez valoró la acusación conforme a la ley; dictó auto de apertura a juicio; admitió de manera total la acusación, los elementos de prueba, así como la calificación jurídica otorgada”.
Medida de coerción
Sobre la variación de la medida de coerción, el Ministerio Público informó que la decisión será apelada en su momento, al considerar que persiste el peligro de fuga pese a que Valdez Alcántara ya no pertenece a la institución.
El tribunal fijó para el 4 de noviembre de 2026 la lectura íntegra de la decisión.
Acusación del Ministerio Público
El expediente señala que Valdez Alcántara, entonces miembro de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), interrogó en diciembre de 2025 a una persona vinculada a una investigación y posteriormente se comunicó con ella vía WhatsApp.
Según la acusación, el exfiscal habría solicitado inicialmente 200,000 dólares, reducidos luego a 150,000, además de mostrar interés en recibir un reloj Rolex y un vehículo Mercedes-Benz. Finalmente, se acordó la entrega de 10,000 dólares en marzo de 2026 mediante una operación controlada, tras lo cual fue arrestado en flagrante delito.
Contexto procesal
Valdez Alcántara fue sometido a la justicia y en mayo se le impuso prisión preventiva por tres meses en el CCR Najayo Hombres, medida ratificada en julio por la Cámara Penal de la Corte de Apelación.
El Ministerio Público le atribuye violaciones a los artículos 33, 174, 177 y 178 del Código Penal Dominicano, además de disposiciones de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
El proceso comenzó en la jurisdicción privilegiada debido a su condición de fiscal, pero pasó a la jurisdicción ordinaria tras su renuncia al cargo en septiembre de 2026.




