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El Congreso de Perú promulga ley que excluye a policías y militares de la justicia común por delitos cometidos en funciones

El Congreso de Perú promulgó una nueva ley que establece que los integrantes de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas no podrán ser procesados por la justicia ordinaria por delitos cometidos mientras desempeñaban sus funciones oficiales.

La norma fue oficializada por el presidente del Parlamento, Fernando Rospigliosi, luego de que el presidente interino José María Balcázar no la promulgara dentro del plazo constitucional establecido. La medida fue aprobada pocos días antes del cierre de actividades del actual Congreso unicameral.

La ley modifica el Código Penal Militar Policial y el Nuevo Código Procesal Penal con el objetivo de precisar el concepto de delito de función, fortalecer el papel de las fuerzas de seguridad y establecer sanciones más severas para quienes participen en actividades criminales.

Uno de los principales cambios señala que los policías y militares no podrán enfrentar procesos simultáneos en la justicia común y en la jurisdicción militar policial cuando se trate de los mismos hechos y las mismas personas investigadas.

Además, la norma incorpora la pena de cadena perpetua para los miembros de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional que colaboren con bandas u organizaciones criminales utilizando su cargo o funciones para cometer delitos graves, como homicidios.

El texto también define como delitos de función aquellas acciones ilícitas cometidas durante operaciones militares o policiales destinadas al mantenimiento o restablecimiento del orden interno, especialmente en situaciones de emergencia.

La aprobación de esta ley ha generado una fuerte controversia en Perú. Sectores de la oposición y organizaciones de derechos humanos expresaron su rechazo al considerar que la medida podría dificultar investigaciones contra agentes del Estado acusados de abusos.

Estas organizaciones mantienen procesos relacionados con presuntas violaciones ocurridas durante el conflicto armado interno contra Sendero Luminoso y el MRTA entre 1980 y 2000, así como por hechos registrados durante las protestas sociales de los años 2020 y 2022-2023.

La nueva norma abre un amplio debate en el país sobre el equilibrio entre la protección de las fuerzas de seguridad en el cumplimiento de sus funciones y la responsabilidad de los agentes del Estado ante posibles abusos.

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