Santo Domingo. – La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en segunda lectura una reforma a la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, elevando de forma significativa las sanciones para estos delitos. La nueva normativa contempla penas de hasta 40 años de prisión en casos agravados, como la muerte de un migrante durante el proceso de tráfico.
Tras su aprobación en el Congreso, la pieza legislativa pasa ahora al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.
Según explicaron los legisladores, esta ley busca fortalecer el marco legal para enfrentar de manera más enérgica las redes de tráfico y trata de personas, adecuando la tipificación de estos delitos y estableciendo penas más severas que buscan sancionar y disuadir su comisión.
Nuevas penas por tráfico de migrantes
La ley establece una escala de castigos según la gravedad de los hechos:
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Cómplices del delito: de 10 a 15 años de prisión.
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Casos agravados con muerte del migrante: de 30 a 40 años de prisión.
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Si hay daño físico o tortura: entre 25 y 30 años de cárcel.
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Otros agravantes: de 20 a 25 años de prisión.
Uno de los agravantes más destacados es la participación de funcionarios públicos, lo que incrementa las sanciones.
Trata de personas: delito imprescriptible
En cuanto a la trata de personas, el nuevo marco legal establece que este delito no prescribirá, es decir, podrá ser perseguido sin importar el tiempo transcurrido. Las penas por este delito serán de 20 a 25 años de prisión, además de multas que van desde 700 hasta 1,500 salarios mínimos del sector público.
Si el responsable es un funcionario o servidor público, se aplicará una inhabilitación de 10 años para ejercer cargos públicos, la cual podrá duplicarse en caso de reincidencia.
Con esta reforma, el país busca dar una respuesta más firme frente a delitos que afectan gravemente los derechos humanos, la seguridad y la dignidad de las personas migrantes y víctimas de trata.




