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Abinader devuelve ley que fortalece la fiscalización del Congreso y pide correcciones por inconstitucionalidad

Abinader devuelve ley que fortalece la fiscalización del Congreso y pide correcciones por inconstitucionalidad

El presidente Luis Abinader devolvió este lunes al Senado la Ley de Fiscalización y Control del Congreso Nacional, alegando que necesita ajustes para alinearse con la Constitución y el bloque de constitucionalidad vigente.

La normativa, ya aprobada por ambas cámaras, otorga al Congreso facultades para fiscalizar el patrimonio público y citar a funcionarios —incluido el propio jefe de Estado— para rendir cuentas.

En una carta enviada al presidente del Senado, Ricardo de los Santos, el mandatario explicó que ejerce su facultad de observación conforme al artículo 102 de la Constitución, e instó a corregir varios artículos con el objetivo de fortalecer su contenido y evitar contradicciones legales.

Observaciones a la ley

  • Artículo 10: El Poder Ejecutivo propone precisar que el Banco Central deberá enviar al Congreso un informe trimestral dentro de los primeros 15 días del mes siguiente al cierre de cada trimestre.
  • Artículo 35: Se sugiere mejorar el texto que otorga al Congreso la potestad de invitar a funcionarios, así como a personas físicas o jurídicas, para rendir cuentas sobre asuntos de interés legislativo.
    • Se agrega un párrafo para que las invitaciones sean tramitadas por todos los medios disponibles y que la inasistencia injustificada conlleve una citación formal obligatoria.
    • El nuevo párrafo II plantea que quienes no comparezcan podrán ser sancionados por los tribunales penales conforme a la ley vigente.
  • Artículo 41: Abinader propone su eliminación, ya que la Constitución no contempla la comparecencia obligatoria de funcionarios electos mediante invitaciones, como lo estipula el artículo 94 de la Carta Magna.
  • Artículo 47: El Ejecutivo recomienda ajustar las consecuencias de la incomparecencia ante comisiones especiales, especificando que la sanción sería la prevista por desacato en la legislación penal vigente.
  • Artículo 49 (párrafos II y III): Se solicita establecer una diferenciación clara entre las figuras de invitación e interpelación, ambas reguladas constitucionalmente.

Siguiente paso

Tras las observaciones del presidente, la ley pasará ahora a la Cámara de Diputados, que deberá conocer las modificaciones propuestas y agotar el proceso legislativo correspondiente.

La Ley de Fiscalización y Control está fundamentada en el artículo 115 de la Constitución, que otorga al Congreso la función de velar por la correcta administración de los recursos públicos.

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