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Senado aprueba proyecto de ley que obliga uso de energías renovables en edificios públicos y privados

Senado aprueba proyecto de ley que obliga uso de energías renovables en edificios públicos y privados

El Senado de la República aprobó este jueves, en segunda lectura, el proyecto de ley que dispone la instalación de fuentes de energía renovable en edificaciones públicas y privadas.

La iniciativa, presentada por los senadores Alexis Victoria Yeb y Santiago José Zorrilla, había perimido en la Cámara de Diputados, pero fue reintroducida por sus mismos proponentes.

El proyecto busca fomentar el uso de energías alternas, promover el ahorro y la eficiencia energética, además de establecer los criterios para su aplicación en construcciones nuevas o en proceso de remodelación.

En uno de sus considerandos, la pieza legislativa señala que la alta demanda de electricidad ha provocado la sobreexplotación de fuentes fósiles, lo que genera degradación ambiental, cambio climático y riesgos para la humanidad.

Ámbito de aplicación

La ley tendrá vigencia en todo el territorio nacional.

  • Edificios públicos: Toda construcción perteneciente a la Administración Pública Central, los poderes públicos, órganos extrapoder, ayuntamientos, juntas de distritos municipales y apartamentos levantados por el Estado deberán integrar instalaciones de energía renovable.
  • Edificios privados: En el caso de los apartamentos de nueva construcción o reconstruidos, se permitirá la incorporación de sistemas renovables, especialmente para la iluminación de áreas comunes y calentadores de agua.

Los promotores o constructores que instalen estos sistemas podrán acceder a los incentivos establecidos en la Ley 57-07 sobre Energías Renovables.

Criterios de incorporación

El proyecto establece que:

  • Los edificios de apartamentos construidos por el Estado, con más de dos niveles, deberán usar paneles solares u otras fuentes de energía renovable.
  • Las edificaciones públicas nuevas o remodeladas estarán obligadas a incluir sistemas renovables, sin importar su tamaño o niveles.
  • Los edificios de apartamentos privados, mayores de dos niveles y reconstruidos en más de un 25 % de su estructura, deberán cumplir con la medida.
  • Quienes construyan o reconstruyan viviendas unifamiliares, para uso propio o de terceros, deberán instalar sistemas renovables para iluminación de áreas comunes y calentadores de agua.

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