La Embajada de Estados Unidos en el país informó que un niño nacido fuera del territorio estadounidense puede adquirir la ciudadanía estadounidense si al menos uno de sus padres es ciudadano y cumple con los requisitos de residencia física en EE. UU. o en sus territorios.
En la mayoría de los casos, el padre o madre debe demostrar haber vivido al menos cinco años en EE. UU., de los cuales dos deben ser después de cumplir 14 años, antes del nacimiento del menor.
Para obtener un pasaporte estadounidense o un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA), los padres deben presentar todos los documentos originales requeridos durante la cita consular. La falta de documentación puede causar retrasos o la necesidad de reprogramar la entrevista. Además, los oficiales consulares pueden solicitar pruebas adicionales, incluida la verificación de ADN, para confirmar la relación familiar.
El CRBA certifica que el niño adquirió la ciudadanía al nacer y funciona como acta de nacimiento estadounidense, permitiendo al menor solicitar pasaporte y ejercer sus derechos como ciudadano.
El proceso comienza registrando la solicitud en el portal MyTravelGov, con un pago de 100 dólares y presentando documentos como acta de nacimiento del menor, identificación de los padres, prueba de ciudadanía y evidencia de residencia física en EE. UU.
Las entrevistas se realizan en la Embajada de EE. UU. en Santo Domingo y deben solicitarse vía correo electrónico. El tiempo de respuesta puede ser de hasta siete días hábiles.
La embajada recordó que las tarifas de pasaporte y CRBA no son reembolsables, incluso si la solicitud es rechazada o debe repetirse. También destacó que la ciudadanía puede solicitarse después del nacimiento, siempre que la solicitud se realice antes de los 18 años del menor.




