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Tras su condena, Álvaro García Ortiz, exfiscal general del Estado, se incorporará a la Sección Social del Tribunal Supremo

Tras su condena, Álvaro García Ortiz, exfiscal general del Estado, se incorporará a la Sección Social del Tribunal Supremo

Álvaro García Ortiz, exfiscal general del Estado, se integrará como fiscal a la Sección Social del Tribunal Supremo tras haber sido condenado a inhabilitación para ejercer su antiguo cargo.

Fuentes judiciales confirmaron a EFE, y adelantó El Mundo, que García Ortiz solicitó su traslado a esta sección, considerada una de las más tranquilas y con menor exposición mediática dentro de la Fiscalía del Tribunal Supremo, lo que habría influido en su decisión.

El exfiscal, que posee la categoría de fiscal de Sala —la más alta dentro del Ministerio Público— llega al Supremo sin que se haya definido aún su futuro en la carrera fiscal. La Inspección de la Fiscalía General deberá determinar cómo afecta la sentencia a su condición, decidiendo si se mantiene, suspende o expulsa a García Ortiz conforme al Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. El Supremo ha señalado que cualquier medida adicional podría resultar “excesiva”.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo impuso a García Ortiz una inhabilitación de dos años para ocupar el cargo de fiscal general y una multa de 7.200 euros por un delito de revelación de datos confidenciales. Además, deberá indemnizar con 10.000 euros a Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso.

En paralelo, la Abogacía del Estado, que representó a García Ortiz, anunció que presentará un incidente de nulidad ante el Supremo y pedirá la suspensión cautelar de la sentencia, pasos previos a un eventual recurso ante el Tribunal Constitucional.

La Fiscalía del Tribunal Supremo ya interpuso un incidente de nulidad, alegando que la condena vulneró el derecho a la presunción de inocencia del exfiscal, al no considerar el testimonio de periodistas que habían demostrado tener acceso al correo filtrado antes que García Ortiz. Asimismo, señalaron que la difusión de la nota de prensa de la Fiscalía, destinada a corregir una versión “sesgada y falaz” de los hechos, no constituía delito, dado que la propia Sala la había declarado no punible.

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