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MP solicita siete años de cárcel contra Elizabeth Silverio por presunta práctica de la salud sin autorización

MP solicita siete años de cárcel contra Elizabeth Silverio por presunta práctica de la salud sin autorización

El Ministerio Público solicitó una condena de siete años de prisión contra la autodenominada neurocientífica Elizabeth Silverio Silien, durante el nuevo juicio que se conoce en la Novena Sala Penal del Distrito Nacional, donde se le acusa de ejercer funciones del área de la salud sin autorización legal a través del centro Knowledge Land (Kogland).

El órgano acusador también pidió la imposición de una multa equivalente a 50 salarios mínimos, el decomiso de las pruebas incautadas y la variación de la medida de coerción a prisión preventiva, alegando riesgo de fuga debido a la gravedad del caso y a la posibilidad de una nueva condena.

De acuerdo con el Ministerio Público, Silverio habría implementado un esquema de engaño en perjuicio de padres de niños con trastorno del espectro autista (TEA), haciéndose pasar por especialista en neurociencia y psicología sin contar con la formación académica ni las acreditaciones legales requeridas.

La acusación sostiene que la imputada utilizó documentos falsificados, incluyendo títulos universitarios y un número de exequátur inexistente, con los que logró generar confianza en las familias y captar pacientes para su centro.

Durante el juicio, testigos presentados por la parte acusadora, principalmente padres de los menores afectados, declararon que la encartada realizaba evaluaciones, emitía diagnósticos y aplicaba terapias sin estar habilitada, llegando incluso a señalar condiciones clínicas inexistentes, lo que habría provocado afectaciones en la salud de los niños y retrasos en sus tratamientos.

El Ministerio Público también indicó que el centro operaba sin las autorizaciones correspondientes y que posteriormente fue clausurado por el Ministerio de Salud Pública tras detectarse irregularidades en su funcionamiento.

Asimismo, informes financieros incorporados al proceso señalan que la actividad tenía fines lucrativos y generaba ingresos significativos, lo que confirma —según la acusación— que el engaño fue utilizado como mecanismo de beneficio económico.

El órgano persecutor calificó los hechos como estafa, falsificación y uso de documentos falsos, además de violaciones a la Ley General de Salud y a la normativa de protección de niños, niñas y adolescentes.

Tras la presentación de las conclusiones de las partes, el tribunal dejó el caso en estado de fallo y fijó la lectura de la decisión para el próximo martes 14 de abril de 2026 a las 2:00 de la tarde.

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