Un nuevo proyecto de ley propuesto por el diputado Carlos de Pérez, miembro de la Fuerza del Pueblo, establece la obligación legal de que los hijos proporcionen pensión alimenticia a sus padres en condiciones de vulnerabilidad o indigencia. La iniciativa, que regula de forma integral las pensiones alimenticias, incorpora sanciones penales para los hijos que no cumplan con esta responsabilidad.
La propuesta introduce, en su artículo 8, la figura de los «alimentos a ascendientes», que obliga a los hijos a asistir económicamente a sus padres cuando estos se encuentren en situación de necesidad. Sin embargo, se contemplan excepciones, como en los casos en que el progenitor haya abandonado o maltratado al hijo durante su infancia, o si no cumplió con su obligación de reconocimiento o manutención.
Además, el proyecto establece mecanismos para verificar la filiación en estos casos, incluyendo pruebas biológicas de ADN cuando existan dudas sobre la relación de parentesco.
Suspensión temporal y causas de terminación de la obligación alimentaria
El proyecto también prevé la posibilidad de suspender la obligación alimentaria cuando el hijo demuestre estar en una situación de extrema pobreza que le impida cubrir sus necesidades básicas. La obligación podrá finalizarse definitivamente si se prueba que el progenitor cometió abandono, maltrato grave o incumplió con su deber alimentario durante la infancia del hijo.
Procedimiento judicial y sanciones penales
Las demandas por pensión alimenticia en estos casos serán tramitadas por los juzgados de paz ordinarios del lugar de residencia del demandante o demandado. Las decisiones podrán ser apeladas ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia y, en última instancia, recurridas en casación ante la Suprema Corte de Justicia.
En cuanto a las sanciones, la iniciativa establece penas de prisión correccional de uno a dos años y multas de tres a seis salarios mínimos del sector público para los hijos que no cumplan con su obligación alimentaria cuando el beneficiario sea un ascendiente en situación de vulnerabilidad. Sin embargo, se permite que los condenados cumplan la pena en régimen de arresto nocturno o de fines de semana, para no interrumpir su actividad laboral. Además, si el condenado paga el 50 % de la deuda de forma inmediata, se podría suspender la privación de libertad.
En caso de reincidencia, el alimentante perdería el derecho a acceder a penas alternativas, libertad condicional y otros beneficios procesales.
Con este proyecto, el legislador busca garantizar el bienestar de los padres en situaciones de vulnerabilidad, al tiempo que introduce un sistema que promueve el cumplimiento de las responsabilidades familiares y establece consecuencias claras en caso de incumplimiento.




