La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) promovió la renovación integral del Reglamento del Seguro de Riesgos Laborales (SRL), una reforma que entra en vigor con el Decreto núm. 287-26 y que sustituye el antiguo Decreto 548-03, vigente desde hace más de 20 años.
La actualización normativa busca adaptar el sistema a las transformaciones del mercado de trabajo y fortalecer la protección de los empleados dentro del Sistema Dominicano de Seguridad Social Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), especialmente tras la creación del Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL).
Uno de los cambios más relevantes es la reafirmación del principio protector, que establece que, ante cualquier duda legal, deberá aplicarse la norma más favorable al trabajador. Además, se consolida la afiliación obligatoria permanente al SRL para todos los empleados, incluso en empresas con un solo trabajador, eliminando ambigüedades previas.
La nueva regulación también incorpora de manera explícita el teletrabajo y el trabajo a distancia, garantizando a estos trabajadores los mismos derechos, coberturas y prestaciones que al personal presencial.
En materia de atención médica, el reglamento dispone que ningún centro de salud podrá negar asistencia de emergencia a un trabajador accidentado por razones administrativas o falta de documentación, priorizando la atención inmediata.
Asimismo, se introduce una revisión en el cálculo de los subsidios por incapacidad temporal, con fórmulas más ajustadas a la jornada laboral, lo que busca mayor equidad y transparencia en las prestaciones económicas.
En el área de pensiones, la normativa incluye el pago de la llamada “pensión número 13” y establece la actualización anual de las pensiones por discapacidad y sobrevivencia, tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
El decreto también refuerza los mecanismos de reclamación y defensa de los trabajadores, ampliando los plazos y las vías de recurso ante instituciones como el CNSS, la SISALRIL, el IDOPPRIL y la jurisdicción contencioso-administrativa.
De igual forma, se fortalecen las funciones de coordinación y supervisión entre entidades clave del sistema, incluyendo el Consejo Nacional de Seguridad Social Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y la Tesorería de la Seguridad Social Tesorería de la Seguridad Social (TSS), con el objetivo de mejorar la eficiencia institucional.
Finalmente, la reforma incorpora mecanismos para reforzar la sostenibilidad financiera del seguro, mediante la supervisión de reservas técnicas y el uso de excedentes para programas de protección laboral. La disposición fue sometida a consulta pública y quedó oficialmente vigente desde el 1 de mayo de 2026.




