La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en dos lecturas el proyecto de ley que declara el 2 de diciembre de cada año como el Día de la Mujer Municipalista en República Dominicana, una iniciativa que busca reconocer y visibilizar el aporte de las mujeres al desarrollo y fortalecimiento de los gobiernos locales.
Reconocimiento al liderazgo femenino
La pieza legislativa establece que la fecha será conmemorada en homenaje a las mujeres que, mediante su liderazgo y trabajo en alcaldías, juntas de distritos municipales y demás estructuras del ámbito local, contribuyen al desarrollo de sus comunidades, al fortalecimiento de la gestión municipal y a la consolidación de la democracia participativa.
La propuesta fue sometida por la vicepresidenta del órgano legislativo, Dharuelly D´Aza, quien destacó que las mujeres desempeñan un papel fundamental en la administración de los gobiernos locales, tanto desde cargos electivos como desde funciones administrativas y técnicas, impulsando iniciativas que favorecen el desarrollo sostenible y una sociedad más inclusiva.
Objetivos de la normativa
Entre los principales objetivos de la ley se encuentran:
- Reconocer las contribuciones históricas y actuales de las mujeres en el ámbito municipal.
- Promover su participación activa en los espacios de toma de decisiones.
- Fomentar la equidad de género dentro de la gestión pública local.
Actividades conmemorativas
El proyecto dispone que la Liga Municipal Dominicana, junto a las alcaldías y juntas de distritos municipales, organice actividades educativas, culturales y de sensibilización para resaltar el papel de las mujeres en la municipalidad dominicana.
La iniciativa recuerda que el Comité Ejecutivo de la Liga Municipal Dominicana ya había declarado el 2 de diciembre como fecha de conmemoración de la mujer municipalista, celebración que en los últimos años ha contado con actos oficiales y la participación de altas autoridades del país.
Trámite legislativo
La legislación sancionada por los diputados ahora será remitida al Senado para completar el proceso legislativo.
De convertirse en ley, la disposición entrará en vigor tras su publicación en la Gaceta Oficial y una vez cumplidos los plazos establecidos por el Código Civil dominicano.




