El Poder Ejecutivo, a través del Fideicomiso RD Vial, depositó este miércoles ante el Senado de la República un proyecto de modificación de la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, con el propósito de establecer un nuevo régimen para el cobro de peajes en el país.
La iniciativa, presentada por el director general de RD Vial, Hostos Rizik Lugo, plantea implementar sistemas electrónicos de cobro sin barreras, establecer sanciones económicas para quienes evadan el pago y aplicar restricciones a determinados trámites vehiculares cuando existan deudas pendientes por ese concepto.
La propuesta también busca facultar formalmente al Fideicomiso RD Vial para administrar, operar, recaudar y fiscalizar el sistema de peajes en las vías públicas no concesionadas, bajo la rectoría del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).
Con este proyecto, el Ejecutivo procura actualizar los mecanismos de cobro y establecer disposiciones para regular las obligaciones de los conductores y propietarios de vehículos que utilicen las infraestructuras viales sujetas al pago de peaje.
Cobro electrónico y lectura automática de placas
Entre los principales cambios planteados figura la implementación de un sistema de cobro electrónico mediante dispositivos de telepeaje, lectura automática de placas y otras herramientas tecnológicas que permitan identificar los vehículos sin necesidad de que se detengan en las estaciones.
El modelo propuesto permitiría registrar el paso de los automóviles y gestionar los pagos a través de mecanismos electrónicos, con el objetivo de reducir la dependencia de las barreras físicas en los puntos de cobro.
La iniciativa establece que tanto el conductor como la persona que figure como propietaria del vehículo en el Registro Nacional de Vehículos de Motor serán responsables del pago correspondiente al momento de transitar por una vía sujeta a peaje.
Sin embargo, contempla excepciones cuando se demuestre que el vehículo fue transferido a otra persona, robado o sustraído, o cuando pueda identificarse al conductor responsable de la infracción.
Multas por evadir el pago de peajes
Uno de los puntos centrales del proyecto es la clasificación de la evasión del pago de peajes como una infracción administrativa, acompañada de sanciones económicas que variarían de acuerdo con la conducta cometida.
La propuesta contempla una multa equivalente a cinco veces el valor del peaje no pagado, con un mínimo de RD$500, para quienes incumplan con la obligación de pago.
En los casos de conductores que utilicen carriles de flujo libre sin estar autorizados para la categoría de su vehículo, la sanción ascendería a diez veces el valor del peaje correspondiente.
Mientras que quienes oculten o alteren las placas, utilicen dispositivos asignados a otros vehículos o manipulen los sistemas de identificación y cobro podrían enfrentar multas equivalentes a veinte veces el valor del peaje, con un mínimo de RD$5,000.
El documento también incluye sanciones para quienes fuercen, evadan o provoquen daños a las barreras, señales y equipos instalados en las estaciones de peaje.
De acuerdo con la iniciativa, los usuarios que transiten por puntos de cobro electrónico sin una cuenta habilitada, sin saldo suficiente o sin un dispositivo válido dispondrán de un plazo de 30 días para pagar el monto pendiente sin recargos.
Una vez vencido ese período, la falta de pago podría dar lugar a la infracción por evasión, con la aplicación de las multas, recargos e intereses correspondientes.
Deudas podrían limitar trámites ante la DGII
Otra de las disposiciones que introduce el proyecto está relacionada con las consecuencias administrativas de mantener deudas firmes y exigibles por concepto de peajes o multas por evasión.
La propuesta establece que esas obligaciones podrían impedir la renovación del marbete, la expedición de placas y la realización de determinados trámites ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Asimismo, plantea que las deudas registradas sobre un vehículo deberán ser pagadas, garantizadas o legalmente levantadas antes de que pueda realizarse su traspaso.
Con esta disposición, el proyecto busca vincular las obligaciones pendientes por el uso de las vías sujetas a peaje con los procedimientos administrativos relacionados con los vehículos.
Reducción de multas y sanciones por reincidencia
La iniciativa también contempla incentivos para los usuarios que regularicen su situación dentro de los plazos establecidos.
En ese sentido, quienes paguen el peaje adeudado, los recargos, los intereses y la multa dentro de los 30 días posteriores a la notificación del acta de infracción podrán beneficiarse de una reducción del 50 % de la sanción económica.
En cambio, para los conductores que reincidan en un período de 12 meses después de haber recibido una sanción firme, el proyecto establece un aumento de las penalidades.
En esos casos, la multa por falta de pago pasaría a ser equivalente a 15 veces el valor del peaje adeudado, mientras que las sanciones correspondientes a otras conductas se duplicarían.
Usuarios podrán reclamar cobros
El proyecto también incorpora disposiciones relacionadas con los derechos de los usuarios del sistema de peajes.
La propuesta reconoce la posibilidad de consultar los tránsitos registrados, los cargos aplicados y los pagos realizados, así como obtener comprobantes y presentar reclamaciones cuando consideren que se ha producido un cobro incorrecto.
Según el documento, la autoridad correspondiente dispondría de un plazo de 15 días hábiles para responder esas reclamaciones.
En cuanto al tratamiento de la información, la iniciativa autoriza a RD Vial a captar y procesar imágenes de los vehículos y sus placas, además de registrar fechas, horas y lugares de tránsito para identificar a los usuarios, determinar las obligaciones de pago y gestionar las infracciones.
Estas operaciones deberán realizarse conforme a las disposiciones vigentes sobre protección de datos personales.
La propuesta también contempla que RD Vial pueda gestionar el cobro de las deudas firmes mediante los mecanismos establecidos legalmente, incluidos los procedimientos de embargo y apremio, dentro de las facultades que le sean atribuidas por el ordenamiento jurídico.
Plazo para reglamento y período de adaptación
En cuanto a la aplicación de la normativa, el proyecto dispone que el presidente de la República deberá emitir el reglamento correspondiente dentro de los 60 días siguientes a su promulgación.
Además, establece un período transitorio para facilitar la adaptación de los usuarios al sistema electrónico sin barreras.
Durante los primeros seis meses de operación de este mecanismo en cada punto de peaje, RD Vial tendría la facultad de sustituir las multas por advertencias. No obstante, esta medida no exoneraría a los conductores de pagar los montos adeudados por concepto de peaje.
La iniciativa fue remitida a la Comisión Permanente de Movilidad y Transporte del Senado para su estudio y los fines correspondientes.
El proyecto deberá agotar el proceso de revisión legislativa antes de que pueda convertirse en ley y entrar en vigencia.




