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El Ministerio de Trabajo de la República Dominicana ha dado a conocer el calendario de los días feriados para el año 2025, conforme a la Ley 139-97, que regula el traslado de ciertos feriados a los lunes cuando coincidan con martes, miércoles, jueves o viernes.
De acuerdo con la normativa, que fue promulgada el 19 de junio de 1997 y entró en vigor el 27 del mismo mes, los días feriados serán observados como sigue:
- Miércoles 1 de enero: Día de Año Nuevo (no se cambia).
- Lunes 6 de enero: Día de Reyes (no se cambia).
- Martes 21 de enero: Día de Nuestra Señora de la Altagracia (no se cambia).
- Domingo 26 de enero: Natalicio de Juan Pablo Duarte (no se cambia).
- Jueves 27 de febrero: Día de la Independencia Nacional (inamovible).
- Viernes 18 de abril: Viernes Santo (inamovible).
- Jueves 1 de mayo: Día del Trabajo (se traslada al lunes 5 de mayo).
- Jueves 19 de junio: Corpus Christi (no se cambia).
- Sábado 16 de agosto: Día de la Restauración de la República Dominicana (no se cambia).
- Miércoles 24 de septiembre: Día de Nuestra Señora de las Mercedes (no se cambia).
- Jueves 6 de noviembre: Día de la Constitución (se traslada al lunes 10 de noviembre).
- Jueves 25 de diciembre: Navidad (no se cambia).
El Ministerio de Trabajo recordó que estos días feriados deben ser observados en todos los establecimientos del país, tal como lo establece la legislación vigente.