La Cuarta Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional condenó este martes a la Dirección General de Migración (DGM) y a su director, Luis Rafael Lee Ballester, por impedir de manera ilegal la salida del país del ex procurador Jean Alain Rodríguez y su familia en 2020 y 2021, sin orden judicial, antes de iniciarse el proceso penal en su contra.
El tribunal acogió la acción de habeas data presentada por la defensa de Rodríguez y ordenó a la DGM entregar el documento mediante el cual se dispuso la restricción de salida. Además, impuso una multa solidaria de RD$30,000 diarios por cada día de retraso en la entrega del documento.
Durante el proceso, la DGM y la Procuraduría General de la República afirmaron falsamente que nunca se había impedido la salida de Rodríguez y que el documento solicitado “no existía”. Sin embargo, pruebas como actas notariales, boletos aéreos, fotografías, un video grabado en el aeropuerto y la carta de la entonces procuradora Miriam Germán Brito confirmaron la existencia de las alertas migratorias ilegales.
El fallo determinó que se vulneraron los derechos fundamentales de Rodríguez, incluyendo su dignidad y honor, y ordenó la restitución plena de sus derechos. La lectura íntegra de la decisión será el 7 de octubre de 2025 a las 12:00 p.m.
La defensa de Rodríguez, encabezada por los abogados Carlos Balcácer, Gustavo de los Santos Coll, Albert Delgado y Nelys Rivas, valoró que la justicia reconociera la ilegalidad de los actos cometidos y exhortó a la DGM y al Estado a cumplir con la entrega inmediata del documento de alerta migratoria.




