La Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional desestimó la recusación presentada por la defensa del procurador fiscal Aurelio Valdez Alcántara, quien está siendo procesado por presuntamente recibir sobornos de un testigo del Ministerio Público. En su resolución, el tribunal determinó que la recusación interpuesta por los abogados de Valdez, Yessi Oscar Medina Mateo y Albert Thomas Delgado Lora, fue presentada fuera del plazo legal de tres días, por lo que fue inadmisible.
En consecuencia, el tribunal autorizó a la jueza Ysis Muñiz Almonte, quien se encarga de la instrucción especial del caso, a continuar con el conocimiento de la medida de coerción contra el fiscal. Valdez Alcántara está acusado de violar varios artículos del Código Penal Dominicano, así como de infringir la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, debido a su presunta participación en una red de sobornos.
La defensa del fiscal había argumentado que la jueza Muñiz debería ser recusada debido a su participación en un elemento clave de la investigación: la entrega controlada del dinero presuntamente utilizado como soborno. Según los abogados de Valdez, la jueza tuvo contacto con evidencias cruciales, como el dinero y videos de la transacción, lo que pondría en duda su imparcialidad.
A pesar de estos argumentos, la Corte ratificó la decisión de mantener a la jueza Muñiz a cargo del caso y autorizó la continuación del proceso judicial. El fiscal fue detenido luego de recibir $10,000 en efectivo de un investigado por un fraude relacionado con el Seguro Nacional de Salud (Senasa). La investigación también apunta a una presunta negociación en la que Valdez exigió un vehículo de lujo y un reloj Rolex como parte del soborno.
La Corte notificará la resolución a las partes involucradas, incluido el Ministerio Público y los abogados de la defensa, para los procedimientos correspondientes. Se espera que la Segunda Cámara Penal de la Corte de Apelación programe una audiencia para determinar la medida de coerción contra Valdez Alcántara.
Esta decisión fue firmada digitalmente el 27 de abril de 2026 por los magistrados que integran el Pleno de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.




