La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) anuló la adjudicación y todos los actos posteriores relacionados con el proceso de Comparación de Precios Núm. DPTO.AEROPORTUARIO-CCC-CP-2025-0015, realizado por el Departamento Aeroportuario para la contratación de una firma auditora y consultoría especializada encargada de la auditoría interna correspondiente al período fiscal 2024.
Resolución oficial
La decisión está contenida en la Resolución RIC-0061-2026, emitida por el director general de la DGCP, Carlos Pimentel Florenzán, tras conocer un recurso jerárquico presentado por la empresa Servicios Integrales Corporativos T & P, S.R.L., representada por el abogado Luis Alberto Paulino Santos.
El recurso fue depositado el 14 de julio de 2025 contra la resolución emitida el 2 de julio de ese mismo año por el Comité de Compras y Contrataciones del Departamento Aeroportuario, luego de que fuera rechazado un recurso de impugnación presentado por la empresa recurrente.
Argumentos rechazados
La entidad contratante y la empresa adjudicataria, Montero de los Santos & Asociados, solicitaron declarar inadmisible el recurso alegando extemporaneidad y falta de objeto, argumentando que el procedimiento ya había sido adjudicado e incluso ejecutado.
Sin embargo, la DGCP rechazó esos argumentos al establecer que el recurso fue interpuesto dentro del plazo legal de diez días hábiles dispuesto por el Reglamento 416-23. Además, precisó que el hecho de que una etapa del procedimiento estuviera consumada no impedía revisar actos administrativos presuntamente irregulares.
Violaciones detectadas
Durante el análisis del expediente, el órgano rector concluyó que el Comité de Compras y Contrataciones del Departamento Aeroportuario violentó los criterios de adjudicación establecidos en el pliego de condiciones al seleccionar una oferta que no correspondía al menor precio, pese a que esa condición estaba expresamente establecida como requisito para adjudicar.
La resolución indica que el numeral 17 del pliego establecía claramente que la adjudicación debía recaer sobre el oferente habilitado que presentara “el menor precio” y cumpliera con los requisitos técnicos y legales.
No obstante, la comisión evaluadora decidió adjudicar el proceso a Montero de los Santos & Asociados alegando que su propuesta ofrecía “mayor valor por dinero”, aun cuando era la oferta más alta entre las participantes.
La DGCP también determinó que el pliego no contenía un presupuesto base ni un rango porcentual para identificar ofertas temerarias o anormalmente bajas, tal como exige la Resolución PNP-04-2024. Asimismo, comprobó que el Departamento Aeroportuario no agotó el procedimiento obligatorio para solicitar aclaraciones a los oferentes antes de descartar propuestas supuestamente no sustentables.
Principios vulnerados
El órgano rector concluyó que la institución modificó las reglas de competencia durante el proceso de evaluación, afectando los principios de igualdad, transparencia, libre competencia y seguridad jurídica que rigen las contrataciones públicas.
En consecuencia, la DGCP anuló de oficio el Acta Núm. 037-2025, contentiva del informe final de evaluación económica y adjudicación, así como todos los actos derivados, incluyendo el contrato suscrito. Además, ordenó reevaluar las ofertas conforme a los criterios originales establecidos en el pliego.
Informe obligatorio
La resolución también establece que el Departamento Aeroportuario deberá remitir en un plazo de 30 días un informe documentado sobre el cumplimiento de las disposiciones ordenadas por la DGCP.




