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CNSS: recetas médicas serán válidas aunque el médico no esté afiliado a la ARS

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) informó la aprobación de una modificación al reglamento que regula la prescripción y dispensación de medicamentos ambulatorios dentro del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), estableciendo que las recetas médicas serán aceptadas para fines de cobertura aun cuando el médico emisor no esté contratado por la Administradora de Riesgos de Salud (ARS).

La disposición fue aprobada mediante el decreto 286-26 del Poder Ejecutivo y representa un cambio relevante para los afiliados, ya que facilita el acceso a medicamentos y reduce restricciones en la atención médica.

La gerente general del CNSS, Aura Celeste Fernández Rodríguez, destacó que esta medida permite a los pacientes continuar sus tratamientos sin interrupciones, incluso si son atendidos por médicos fuera de la red de su ARS, garantizando así mayor libertad de elección y continuidad en los servicios de salud.

Asimismo, explicó que la modificación elimina obstáculos administrativos que en muchos casos retrasaban la entrega de medicamentos ambulatorios, fortaleciendo la protección del derecho a la salud de los afiliados.

El cambio también actualiza el numeral 16 del artículo 3 del reglamento correspondiente, y se enmarca dentro de la mejora continua del Seguro Familiar de Salud, con el objetivo de asegurar un acceso más oportuno a los servicios sanitarios.

De acuerdo con lo informado, el decreto del 27 de abril de 2026 da cumplimiento al dispositivo noveno de la resolución CNSS No. 533-01, emitida el 8 de octubre de 2021.

Finalmente, la medida refuerza la garantía de cobertura de medicamentos incluidos en el Catálogo de Prestaciones del Plan de Servicios de Salud (PDSS), dentro de los límites y condiciones establecidos por el sistema.

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