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DIDA advierte que la atención médica es una obligación legal y no puede suspenderse por conflictos entre clínicas y ARS

La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados en la Seguridad Social (DIDA) reiteró este lunes que la prestación de servicios de salud a los afiliados del Sistema Dominicano de Seguridad Social es una obligación establecida por la ley, por lo que no puede ser interrumpida a causa de desacuerdos económicos entre las clínicas privadas y las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS).

La advertencia surge luego de que la Asociación Nacional de Clínicas Privadas (Andeclip) informara que evalúa la posibilidad de suspender los servicios a los afiliados de las ARS, en medio de tensiones con el sistema.

El director de la DIDA, Elías Báez, recordó que la Ley 87-01 garantiza el derecho de los ciudadanos a recibir atención médica oportuna y de calidad, mientras que la Ley General de Salud 42-01 establece la obligación de los prestadores de servicios de ofrecer asistencia continua, accesible y eficiente.

Asimismo, hizo un llamado a los profesionales de la salud a canalizar sus reclamos sin afectar a los pacientes, resaltando que el derecho a la salud debe prevalecer sobre cualquier conflicto administrativo o financiero.

La institución informó que mantendrá una supervisión constante de la calidad y continuidad de los servicios de salud, además de reforzar sus mecanismos de orientación y asistencia, disponibles las 24 horas del día, los siete días de la semana.

Finalmente, la DIDA recordó que los usuarios pueden presentar denuncias, reclamaciones o solicitar orientación a través de sus canales oficiales, con el objetivo de garantizar la protección de sus derechos dentro del Sistema Dominicano de Seguridad Social.

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