La Superintendencia de Bancos de la República Dominicana (SB) anunció la entrada en vigor, este martes, de la Circular SB: CSB-REG-2026000006, una disposición que modifica el tiempo durante el cual permanecen visibles los créditos en mora dentro de la Central de Riesgos.
A partir de ahora, la información sobre obligaciones crediticias impagas solo podrá aparecer en dicho registro por un máximo de cuatro años, contados desde la fecha de vencimiento o el incumplimiento del pago de la deuda.
La Central de Riesgos funciona como una base de datos financiera administrada por el organismo regulador, la cual puede ser consultada tanto por las entidades de intermediación financiera como por los propios titulares de productos crediticios.
La normativa aclara que la limitación de acceso a esta información no implica la cancelación ni la prescripción de las deudas registradas. En ese sentido, subraya que no debe interpretarse como una especie de perdón o amnistía para los usuarios que aún mantienen compromisos financieros pendientes.
Asimismo, la SB precisó que los derechos de cobro de las instituciones financieras, así como de terceros que hayan adquirido créditos en situación de mora, se mantienen vigentes e inalterables. La medida se enfoca únicamente en la duración de la visibilidad de los datos dentro del sistema de consulta crediticia.




