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Santo Domingo. – La defensa de Hugo Beras, exdirector del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), solicitó este lunes al Tribunal de Atención Permanente del Distrito Nacional la anulación y revocación de la medida de coerción que le fue impuesta, consistente en 18 meses de prisión preventiva. La abogada Laura Acosta, miembro de la barra legal de Beras, argumentó que la decisión del tribunal está basada en un único párrafo dentro de una sentencia de 103 páginas que establece que, debido a su condición de exfuncionario, se justifica la prisión preventiva por la posibilidad de que pueda distraer pruebas.
Beras, junto a otros acusados en el caso denominado “Camaleón”, enfrenta graves cargos de corrupción y crimen organizado. La medida de prisión preventiva fue impuesta por la jueza Fátima Veloz, quien también ordenó arresto domiciliario para Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, exdirector de tecnología del Intrant, y una garantía económica de 2 millones de pesos, impedimento de salida y presentación periódica para Frank Díaz Warden, excoordinador de Despacho y representante de Beras ante el Comité de Compras del Intrant.
Otros de los imputados en el caso, como José Ángel Gómez Canaán (Jochi), propietario de la empresa Aurix S.A.S., y Pedro Vinicio Padovani Báez, exencargado del Centro de Control de Tráfico del Intrant, cumplen prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo Hombres. A Juan Francisco Álvarez Carbuccia, director administrativo y financiero del Intrant, y a Carlos José Peguero Vargas se les impuso una garantía económica de un millón de pesos, impedimento de salida y presentación periódica.
El Ministerio Público acusa a los imputados de conformar una red de corrupción y crimen organizado que, según las investigaciones, estaría involucrada en una serie de delitos, entre ellos desfalco, estafa contra el Estado, falsificación, contrabando, comercio ilícito, sabotaje a infraestructuras críticas, terrorismo y robo de identidad. Estos delitos están tipificados y sancionados por diversas leyes, incluidas la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, la Ley 17-19 sobre Erradicación del Comercio Ilícito y Contrabando, y la Ley 53-07 contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.
El caso fue declarado complejo por la jueza, quien fijó la revisión obligatoria de las medidas para el 9 de enero de 2025.