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Condenan a un año de prisión suspendida a delegada por votar dos veces en elecciones de 2024

Condenan a un año de prisión suspendida a delegada por votar dos veces en elecciones de 2024

El Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Barahona condenó a Miscleidy Féliz Cuevas a un año de prisión por haber votado “más de una vez en dos colegios electorales” durante las elecciones presidenciales y congresuales de mayo de 2024, mientras se desempeñaba como delegada política.

La sentencia fue dictada tras un acuerdo de procedimiento penal abreviado entre la procesada y el Ministerio Público, que permitió homologar la sanción bajo la modalidad de pena suspendida. De incumplir las condiciones impuestas, Féliz Cuevas deberá cumplir la condena en prisión.

El proceso judicial

El acuerdo fue presentado por el entonces titular de la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales, Iván Féliz Vargas, junto al fiscal de Barahona, Wellington Matos Espinal, y la fiscalizadora Sarah Ysabel Alcántara Sánchez.

El juez Daniel Emilio Medina Pimentel acogió la solicitud y ratificó los términos del acuerdo mediante la Resolución núm. 589-2026-SRES-0036, ordenando su tramitación a través del juez de Ejecución de la Pena.

Entre las condiciones de la suspensión se establece que la condenada deberá residir en un lugar determinado durante el tiempo que dure la pena, además de cumplir otras reglas de conducta fijadas por el tribunal.

Violación a la Ley Electoral

La sentencia se fundamenta en el artículo 316-2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral (Ley 20-23), que tipifica como delito el voto múltiple y sanciona a quienes incurran en prácticas fraudulentas en perjuicio de la Junta Central Electoral (JCE) y del Estado dominicano.

El Ministerio Público sostuvo que la acusada actuó como autora del hecho, comprometiendo la transparencia del proceso electoral y vulnerando la confianza ciudadana en el sistema democrático.

Antecedente en 2020

No es la primera vez que se logra una condena por delitos electorales en el país. En el año 2020, tras la homologación de otro acuerdo, se sancionó a Ramón Arístides Arias Madera con seis meses de prisión suspendida y el pago de una multa de 10 mil pesos, equivalente a un salario mínimo del sector público.

En ese caso, el joven admitió haber realizado actividades proselitistas frente a un centro electoral y participar en la compra de votos durante las elecciones extraordinarias municipales del 15 de marzo de 2020 en Hato Mayor, provincia Santiago.

Relevancia del fallo

La condena contra Féliz Cuevas marca un precedente en la aplicación de sanciones por delitos electorales, en un contexto donde la compra de votos, el proselitismo ilegal y el fraude han sido prácticas recurrentes denunciadas por partidos y observadores.

El Ministerio Público ha insistido en que este tipo de sentencias busca enviar un mensaje claro: las irregularidades en los procesos electorales no quedarán impunes.

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